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Author: Subject: Oposiciones 2004: convocada!!!
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[*] posted on 27-1-2004 at 10:36
Oposiciones 2004: convocada!!!


Ayer en CCOO informaron que el temario B no entra, o sea, la ley.
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doodah
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[*] posted on 12-2-2004 at 15:57
Plazas que salen Opo 2004


Esto es lo último después de negociar con sindicatos. Pronto se publicará en el BOE. Habrá que verificar si es así, por si acaso.

Es una hoja en winword, y he subrayado las de más plazas.

Yo me lo descargo bien, avisad si no sale, que no sé si es por el caché.

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doodah
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[*] posted on 26-2-2004 at 18:38
Las Oposiciones se acercan...


Ayer hubo asamblea de gente interina en el sindicato, y se estuvieron viendo cosas para llevar a la mesa de negociación.

Por ahora, ya se saben las plazas que saldrán a concurso, y gracias a la lucha sindical se han subido el número de plazas sacadas, y se sabe que la parte del temario relativa a la ley no entrará, dados los muchos cambios que hay y que esto es demente!, jajajajaj...

Pero están por verse muchas cosas...

Cosas sobre el acceso a función pública y cosas sobre la lista de interinidades...

A ver qué ocurre, contad lo que sepáis, y yo ídem...

Saludos y ¡a estudiar!
^_^
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[*] posted on 28-2-2004 at 00:54
Nuevo Real Decreto de Acceso a Función Pública


He puesto el principio también en el tema del nuevo real decreto: http://www.mujerpalabra.net/forum/viewthread.php?tid=293

NOTA EDITADA EL LUNES 29: RD 334/2004, de 27 de febrero, PUBLICADO EN EL BOE Nº 51, 28 DE FEBRERO.

TITULO III

Del sistema de ingreso

CAPITULO I

Normas generales

Artículo 17. Sistema selectivo.

1. El sistema de selección debe permitir evaluar la cualificación de los aspirantes para el ejercicio de la docencia. Para ello, los procedimientos de selección han de comprobar no sólo los conocimientos, sino las capacidades científicas, profesionales y didácticas que sean necesarias para la práctica docente en el cuerpo y especialidad a los que optan.

2. De conformidad con lo establecido en la disposición adicional undécima de la Ley Orgánica de Calidad de la Educación, el sistema de ingreso en la Función Pública Docente será el de concurso-oposición. Existirá además una fase de prácticas que formará parte del proceso selectivo.

CAPITULO II

De la fase de oposición

Artículo 18. Fase de oposición.

1. En la fase de oposición de los procedimientos selectivos de los cuerpos que imparten docencia se tendrá en cuenta la posesión de conocimientos específicos necesarios para impartirla, la aptitud pedagógica y el dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio docente. Las pruebas se convocarán, según corresponda, de acuerdo con las áreas, materias, asignaturas y módulos que integran el currículo correspondiente y guardarán relación con los temarios en los términos establecidos para cada una de ellas.

2. En la fase de oposición del Cuerpo de Inspectores de Educación se valorarán en el aspirante sus conocimientos pedagógicos, de administración y legislación educativa, así como los conocimientos y técnicas específicos para el desempeño de las funciones inspectoras de control, evaluación y asesoramiento. Igualmente se valorará su actualización científica y didáctica en las áreas o asignaturas cuya enseñanza ha impartido, así como el ejercicio de las actividades desarrolladas en el centro.

Artículo 19. Temarios.

1. Corresponde al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, previa consulta con las Comunidades Autónomas, establecer los temarios para los diferentes cuerpos y especialidades, salvo los correspondientes a especialidades de lenguas oficiales de Comunidades Autónomas, dentro del ámbito territorial de las mismas.

2. Los temarios de los cuerpos que imparten docencia se referirán a los conocimientos propios y específicos del ámbito cultural, científico, técnico o artístico de la especialidad.

3. Los temarios del Cuerpo de Inspectores de Educación tendrán tres partes claramente diferenciadas:

Parte A: Incluirá temas generales relativos a cuestiones pedagógicas sobre organización curricular, organización escolar, gestión de centros educativos, administración y legislación educativa básica, así como las funciones inspectoras de control, evaluación y asesoramiento.

Parte B: Incluirá temas de carácter específico que se referirán a las características propias de los niveles y etapas educativos, al desarrollo curricular y a la correspondiente metodología didáctica, a la organización y administración de los centros y a la legislación propia de la Administración educativa convocante.

Parte C: Incluirá temas relacionados con las especialidades establecidas en el Real Decreto 1538/2003, de 5 de diciembre, por el que se establecen las especialidades básicas de inspección educativa.

Artículo 20. Carácter de las pruebas.

1.Cada una de las pruebas de la fase de oposición tendrá carácter eliminatorio.

2. Todas las pruebas de las especialidades de idiomas modernos en los Cuerpos de Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria, de Catedráticos y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas y de Maestros se desarrollarán en el idioma correspondiente.

3. En todas las especialidades que incluyan habilidades instrumentales o técnicas, estas habilidades deberán ser evaluadas en alguna de las pruebas.

Artículo 21. Pruebas de la fase de oposición.

1. En los procedimientos de ingreso a los cuerpos que imparten docencia la fase de oposición constará de dos o, en su caso, de tres pruebas que se ajustarán a lo que se indica a continuación :

1.1. La primera prueba, que tendrá por objeto la demostración de conocimientos específicos necesarios para impartir la docencia, constará de dos partes que serán valoradas conjuntamente:

Primera parte: En todas las especialidades, las Administraciones públicas convocantes incluirán una prueba práctica consistente en la realización de una serie de ejercicios que permitan comprobar que los candidatos poseen una formación científica y un dominio de las técnicas de trabajo precisas para impartir las áreas, asignaturas o módulos propios de la especialidad a que opten.

Segunda parte: Esta segunda parte consistirá en el desarrollo por escrito de un tema elegido por el aspirante de entre dos extraídos al azar por el tribunal de los correspondientes al temario de la especialidad.

Esta primera prueba se valorará de cero a diez puntos. Cada una de las partes de las que consta deberá suponer como mínimo tres puntos de los diez que comprenderá la valoración total de esta prueba. Para su superación los aspirantes deberán alcanzar una puntuación mínima, en cada una de las partes, igual al 25 por 100 de la puntuación asignada a cada una de ellas y una puntuación total, resultado de sumar las puntuaciones correspondientes a las dos partes, igual o superior a cinco puntos.

Los aspirantes dispondrán, al menos, de dos horas, para la realización de la segunda parte de esta prueba. La duración de la primera parte será determinada por las respectivas convocatorias.

1.2. La segunda prueba, que tendrá por objeto la comprobación de la aptitud pedagógica del aspirante y su dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio docente, consistirá en la presentación de una programación didáctica y en la elaboración y exposición oral de una unidad didáctica:

A) La programación didáctica hará referencia al currículo de un área, asignatura o módulo relacionados con la especialidad por la que se participa, en la que deberá especificarse los objetivos, contenidos, criterios de evaluación y metodología, así como a la atención al alumnado con necesidades educativas específicas. Esta programación podrá ser referida, para los aspirantes a ingreso a los Cuerpos de Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria, a la etapa de la educación secundaria obligatoria, al bachillerato o a los ciclos formativos de formación profesional. La programación elaborada por el aspirante, de acuerdo con los términos que fijen las respectivas convocatorias, deberá presentarse y ser defendida ante el tribunal en el momento que establezca la Administración pública convocante.

B) La elaboración ante el tribunal y exposición oral ante el mismo de una unidad didáctica, podrá estar relacionada con la programación presentada por el aspirante o elaborada a partir del temario oficial de la especialidad. En el primer caso, el aspirante elegirá el contenido de la unidad didáctica de entre tres extraídas al azar por él mismo, de su propia programación. En el segundo caso, el aspirante elegirá el contenido de la unidad didáctica de un tema de entre tres extraídos al azar por él mismo, del temario oficial de la especialidad. En la elaboración de la citada unidad didáctica deberán concretarse los objetivos de aprendizaje que se persiguen con ella, sus contenidos, las actividades de enseñanza y aprendizaje que se van a plantear en el aula y sus procedimientos de evaluación.

El aspirante dispondrá de una hora para la preparación de la unidad didáctica, pudiendo utilizar el material que considere oportuno.

Para la exposición de la unidad didáctica, el aspirante podrá utilizar el material auxiliar que considere oportuno y que deberá aportar él mismo, así como un guión que no excederá de un folio y que se entregará al tribunal al término de aquélla.

El aspirante dispondrá de un periodo máximo de una hora y treinta minutos para la defensa oral de la programación, la exposición de la unidad didáctica y posterior debate ante el tribunal.

El aspirante iniciará su exposición con la defensa de la programación didáctica presentada, que no podrá exceder de treinta minutos, y a continuación realizará la exposición de la unidad didáctica. La duración del debate no podrá exceder de quince minutos.

Esta segunda prueba se valorará globalmente de cero a diez puntos, debiendo alcanzar el aspirante, para su superación, una puntuación igual o superior a cinco puntos.

1.3. En los procedimientos de ingreso a los Cuerpos de Catedráticos de Enseñanza Secundaria, Catedráticos de Escuelas Oficiales de Idiomas, Catedráticos de Música y Artes Escénicas y Catedráticos de Artes Plásticas y Diseño, la fase de oposición, incluirá una tercera prueba, que consistirá en la exposición oral ante el tribunal de un tema, extraído al azar por el propio aspirante, de entre los que conforman el temario de la especialidad.

El aspirante dispondrá de treinta minutos de preparación y de un máximo de una hora para su exposición.

Para su exposición, el aspirante podrá utilizar un guión del tema que no excederá de un folio y que se entregará al tribunal al término de aquélla.

Finalizada la exposición, el tribunal podrá formular al aspirante preguntas o solicitarle aclaraciones sobre determinados extremos del tema propuesto.

Esta tercera prueba se valorará de cero a diez puntos, debiendo alcanzar el aspirante, para su superación, una puntuación igual o superior a cinco puntos.


2. En el procedimiento de ingreso al Cuerpo de Inspectores de Educación, las pruebas de la fase de oposición, en las que deberá tenerse en cuenta lo dispuesto en el artículo 18 de este Reglamento, se desarrollarán en el orden que establezcan las Administraciones convocantes, debiendo ajustarse a lo que se indica a continuación:

2.1. Una prueba, que constará de dos partes:

A) Primera parte: Consistirá en el desarrollo por escrito de dos temas, uno de la parte A y otro de la parte B del temario, elegidos por el aspirante de entre cuatro, dos de cada parte, extraídos por sorteo por el tribunal.

El aspirante dispondrá al menos de dos horas para la realización de esta primera parte. Los escritos correspondientes serán leídos ante el tribunal, que podrá formular al aspirante las preguntas o aclaraciones que estime pertinentes.

Esta primera parte de la prueba se calificará de cero a diez puntos, debiendo obtener el aspirante, para su superación, una puntuación igual o superior a cinco puntos.

B) Segunda parte: Consistirá en la exposición oral de un tema de la parte C del temario elegido por el aspirante de entre dos extraídos por sorteo por el tribunal.

El aspirante dispondrá al menos de tres horas para la preparación de este ejercicio, pudiendo utilizar los medios adecuados que considere oportunos y que deberá aportar él mismo.

Para la exposición oral del ejercicio, el aspirante dispondrá como máximo de una hora, pudiendo el tribunal formular las preguntas o aclaraciones que estime pertinentes.

Esta segunda parte se calificará de cero a diez puntos, debiendo obtener el aspirante, para su superación, una puntuación igual o superior a cinco puntos.

La calificación de la prueba será la media de las calificaciones obtenidas en cada una de las partes.

2.2. Elaboración y defensa de una memoria, que tendrá dos partes: Una, sobre la actualización científica y didáctica del aspirante en alguna de las áreas, asignaturas o módulos cuya enseñanza ha impartido, y otra, sobre aspectos que se concretarán en la respectiva convocatoria, relacionados con las actividades desarrolladas en los centros y el modo en que el ejercicio de la función inspectora incide en la mejora de dichas actividades. La memoria elaborada por el aspirante deberá presentarse en el momento que establezca la Administración pública convocante.

El aspirante dispondrá de una hora para la exposición y defensa de la memoria, pudiendo el tribunal formular las preguntas o aclaraciones que estime pertinentes.

Esta prueba se calificará de cero a diez puntos, debiendo obtener el aspirante, para su superación, una puntuación igual o superior a cinco puntos.

2.3. Análisis por escrito de un caso práctico que será propuesto por el tribunal. El aspirante analizará el caso y formulará una propuesta razonada de la actuación del inspector en este supuesto sobre las técnicas adecuadas para la actuación de la inspección de educación. La prueba será leída ante el tribunal, que podrá formular al aspirante las preguntas o aclaraciones que estime pertinentes.

El aspirante dispondrá de dos horas para su defensa y de veinte minutos para las aclaraciones.

Esta prueba se calificará de cero a diez puntos, debiendo obtener el aspirante, para su superación, una puntuación igual o superior a cinco puntos.

Artículo 22. Calificaciones.

Las calificaciones de las pruebas se expresarán en números de cero a diez. En ellas será necesario haber obtenido una puntuación igual o superior a cinco puntos para poder acceder a la prueba siguiente o, en el caso de la última prueba, para proceder a la valoración de la fase de concurso.


CAPITULO III

De la fase de concurso

Artículo 23. Méritos

1. En la fase de concurso correspondiente a los cuerpos que imparten docencia se valorarán, en la forma que establezcan las convocatorias, los méritos de los aspirantes; entre ellos figurarán la formación académica y la experiencia docente previa. En todo caso, los baremos de las convocatorias deberán respetar las especificaciones básicas que se recogen en el Anexo I de este Reglamento.

2. En la fase de concurso del Cuerpo de Inspectores de Educación se valorará la trayectoria profesional de los aspirantes y sus méritos específicos como docentes. Entre estos méritos, se tendrá especialmente en cuenta la preparación científica y didáctica en las áreas, asignaturas o módulos cuya enseñanza se ha impartido, el desempeño de cargos directivos con evaluación positiva y pertenecer a cualquiera de los cuerpos de catedráticos de las enseñanzas escolares. En todo caso, el baremo de las convocatorias deberá respetar las especificaciones básicas que se recogen en el Anexo II de este Reglamento.

3. La calificación de la fase de concurso se aplicará únicamente a los aspirantes que hayan superado la fase de oposición.

[Modificado el 13-9-2005 de Administradora]
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[*] posted on 8-3-2004 at 21:26
Cómo será la Opo, según CCOO


Del boletín del 8-3-2004 copio las hojas sobre la Opo.

Cuánta actividad hay hoy!

:P

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[*] posted on 26-3-2004 at 15:39
El PP no negocia nada


Información de CCOO:

RUPTURA DE LAS NEGOCIACIONES

En la reunión mantenida ayer en Mesa Técnica para establecer nuevos criterios para la composición y ordenación de listas de interinidades de las especialidades afectadas por la inminente convocatoria de Oposiciones en la C. de Madrid, NO se ha conseguido llegar a ningún tipo de acuerdo con la Administración.

La última oferta que se presentó en la Mesa se reducía a que quienes no aprobaran ninguna de las pruebas no tendrían opción a figurar en la lista única por especialidad y aparecerían en una lista adicional. Esta propuesta nos parece absolutamente insuficiente y sólo atenuaría los previsibles y nefastos efectos que se producirán en la rotación en el empleo del personal docente interino de Secundaria.

La propuesta evitaría sólo en parte la más que anunciada avalancha de aspirantes de otras Comunidades al permanecer Madrid, prácticamente, como la única Comunidad Autónoma con listas de interinidades abiertas y afectadas por la nota que se obtenga en los procesos selectivos.

La convocatoria de Oposiciones se publicará de forma inminente a principios de abril, posiblemente al comienzo de las vacaciones de S. Santa. En documentos adjuntos os remitimos el borrador de Oposiciones que se nos ha entregado (donde faltan los Anexos III a VI, que corresponden a la regulación de la parte práctica de la primera prueba, que aún no han sido elaborados por Ordenación Académica) y las alegaciones que hemos presentado.

Ante el cariz de los acontecimientos hemos convocado una Asamblea conjunta de todos los sindicatos representativos para el miércoles 31 a las 17,30 h. en la sede de UGT de Avda. de América, con la idea de que suponga el punto de inicio de movilizaciones en todos los frentes
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[*] posted on 6-4-2004 at 00:27
Convocada la Opo 2004


Pág. 10 LUNES 5 DE ABRIL DE 2004 B.O.C.M. Núm. 81

Solicitudes: http://www.madrid.org/edu _rrhh

o bien

Anexo XVII, que será facilitado gratuitamente en las Direcciones de Área Territorial, en el Punto de Información y Atención al Ciudadano de esta Consejería (calle Alcalá número 30, de Madrid) y en la Oficina de Atención al Ciudadano (plaza del Descubridor Diego de Ordás número 3, de Madrid).

Asimismo, este impreso podrá ser la página web de la Comunidad, pero para que tenga validez,obtenido a través de es necesario que sea debidamente cumplimentado y validado antes de su impresión.

Esta solicitud, que tiene dos copias, la primera para el órgano convocante y la segunda para el interesado, se presentará, junto con la documentación señalada en el apartado 3.3, en cualquiera de los registros indicados en el apartado 3.4.

Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria . . . . . 0590
Cuerpo de Profesores de Escuelas de Idiomas . . . . . 0592
Cuerpo de Profesores de Música y Artes escénicas . . . 0594
Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional ... 0591


Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas: 31,26 euros.

Profesores Técnicos de Formación Profesional: 25,01 euros.

El pago de la tasa se realizará mediante ingreso en efectivo en cualquiera de las sucursales de “Caja de Madrid”.

A la solicitud deberá adjuntarse el “ejemplar para la Administración” del modelo 030.

El modelo 030 podrá obtenerse en los mismos lugares...

Solicitud
Fotocopia DNI
Modelo 030 del banco
Fotocopia título
Docs justificativos de méritos (ver Anexo I y II) - Tope 10 puntos.


3.3.2. (...) no será necesario compulsar las copias de la documentación que presenten los aspirantes para acreditar que reúnen los requisitos necesarios y justificar los méritos alegados.

Lugar de presentación
Gran Vía 3
DATs
más: ofis Registro CdM..., correos sobre abierto...

PLAZO: 20 días naturales a partir 5 abril.

En un mes, lista de admitidas/os y excluidas/os expuestas en DATs, en Alcalá 30, en Plaza Descubridor Diego de Ordás 3 y en http://www.madrid.org/edu _rrhh

10 DÍAS HÁBILES PARA RECLAMAR O CORRECCIÓN DE ERRORES.

Luego lista definitiva.

Comienzo pruebas: a partir del día 24 de junio. Antes se publicará en el BOCM lugares y centros y tal.

Primera parte examen

Escrito práctico 6 puntos.
Escrito temario (2 bolas) 4 puntos.
Para que hagan media, un mínimo del 25% en cada.

Si apruebas mínimo 5, te dirán dónde entregar tu programación didáctica.

Encerrona (página 11)

Defender tu programación didáctica
ubicada en un curso de los niveles o etapas educativas

Al menos 15 unidades didácticas basadas en currículos de la CdM.

Objetivos, contenidos, distribución temporal, criterios y procedimientos de evaluación, metodología, manejo y uso de tecnologías de información y comunicación, y atención estudiantes necesidades especiales.

Máximo 60 folios, por una cara, sin incluir materiales de apoyo.

La unidad didáctica a desarrollar luego será una de entre 3 de la propia programación o eligiendo entre 3 temas del temario. Citar objetivos de aprendizaje de la unidad, contenidos, las actividades de enseñanza y aprendizaje en aula y procedimientos de evaluación.

1 hora para preparar unidad didáctica y podemos usar todos los materiales que queramos.

Encerrona: 30 mins máx defensa programación, exposición unidad 45 mins máx, debate máx 15 mins.
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[*] posted on 14-4-2004 at 15:41
Relación documental


LA ADMINISTRACIÓN

REGISTRO: LA RELACIÓN DOCUMENTAL

En el punto 6 del Decálogo de los derechos de los ciudadanos ante la administración se establece el derecho a obtener copia sellada de los documentos que presente.

Se llevan dos copias, para que las sellen ambas y la Administración se quede una y tú otra.

Título: Relación documental
PARA: (Dirección General, evento, boletín...)
Intro: Tus datos + “presento los siguientes documentos junto con la instancia:”
LISTA de docs numerados e indicando de cuántas hojas constan
Lugar, fecha, firma
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[*] posted on 5-5-2004 at 21:43
INFORMACIÓN SOBRE OPOSICIONES 2004


En reunión de Mesa Técnica sobre servicios mínimos de huelga mantenida esta mañana con la Administración se nos informa de que:

1.- Al tratarse de una huelga donde no está convocado todo el profesorado no hay decretados servicios mínimos

2.- El número de opositores presentados a oposiciones en la C. de Madrid rondan los 32.000. Dando por buena esta cifra, la avalancha no es de la magnitud que esperábamos y nuestros cálculos de quienes se verán presumiblemente sin trabajo el curso próximo por efecto de la rotación se situaría en el 30% de los actuales docentes interinos afectados por las especialidades convocadas, porcentaje excesivo en cualquier caso.

3.- Los temarios para las oposiciones de este año (segunda prueba sobre programación didáctica) son los que estaban vigentes el día 5 de abril, fecha de publicación de la convocatoria de oposiciones en el BOCM.
Por tanto no son de aplicación los nuevos currícula aprobados en Madrid con posterioridad.

Esperando se le dé la mayor difusión posible a esta información, recibid un cordial saludo
.
FREM - CC.OO.
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[*] posted on 24-5-2004 at 21:04
Resolución listas admitidas/os y excluidas/os


(03/15.009/04)

Consejería de Educación

1650 RESOLUCIÓN de 18 de mayo de 2004, del Director General de Recursos Humanos, por la que se aprueba y anuncia la exposición de las listas provisionales de admitidos y excluidos a los procedimientos selectivos de ingreso y accesos a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas y Profesores Técnicos de Formación Profesional y procedimiento para la adquisición de nuevas especialidades por los funcionarios de los mencionados Cuerpos, convocados por Resolución de 3 de abril de 2004.

http://www.madrid.org/comun/ICM/cda/Boletin/ICM_boletinEnlac...

Resumen/Apuntes:

Ordenar la exposición de las citadas listas a partir del día 26 de mayo de 2004 en las Direcciones de Área Territorial, en el Punto de Información y Atención al Ciudadano y en la Oficina de Atención al Ciudadano.

Reclamaciones: podrán presentar reclamaciones en el plazo de diez días hábiles, a partir del siguiente al de la exposición de las listas provisionales. Asimismo, aquellos aspirantes que hayan detectado errores en la consignación de sus datos podrán manifestarlo en este mismo plazo. Las reclamaciones se dirigirán a la Dirección General de Recursos Humanos, según la distribución que se publica en la base 1.1 de la precitada Resolución y se presentarán en cualquier de los lugares previstos en el apartado 3.1.1 de la Resolución de 3 de abril de 2004.
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[*] posted on 24-5-2004 at 21:05
Listas provisionales Opos 2004


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[*] posted on 26-5-2004 at 17:29
reclamar


Plazo del reclamación: Del 27 de mayo al 7 de junio de 2004
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[*] posted on 21-6-2004 at 22:09
Tribunales y examen: dónde y cuándo


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[*] posted on 21-6-2004 at 22:10
Composición de Tribunales


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[*] posted on 21-6-2004 at 22:11
Listas definitivas de participantes en Opos


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