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Author: Subject: Trienios y sexenios
profa de inglés
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[*] posted on 21-1-2003 at 21:32
Trienios y sexenios


Copio aquí un mensaje de Juan Antonio, el administrador del foro de educación que tiene la DATl-Sur, al respecto.

Antes de nada vamos a diferenciar trienios de sexenios.
Trienios: Abono de antiguedad cada tres años para cualquier funcionario, la cantidad varía en funcion del grupo al que se pertenece y se hayan completado los tres años (A: secundaria B: Maestros, FP, C: Administrativo...etc)
Sexenios: Complemento de formación permanente del profesado, se abona cada seis años de docencia (no importa si se ha sido de interino o nó, pero solo cuenta el tiempo docente).

El opositor que aprueba unos oposiciones de personal docente se le nombra funcionario en prácticas, y tiene que estar un año en esa situación, en dicho año y en seis meses tiene que realizar unas cuestiones (un curso de formación, una memoria, etc). El año de prácticas se contabilizará como un año más de interino.
Al finalizar las prácticas y con fecha 1 de septiembre se le nombrará funcionario de carrera y podrá solicitar (a instancia del interesado) que tanto el tiempo de interino y prácticas, como el trabajo en cualquier otra administración (ej: ayuntamiento, bombero, militar de empleo, cartero) se le reconozca por la ley 70/78.
El problema es que el nombramiento sale en el BOE y tarda varios meses, pero se pagan atrasos desde el 1 de septiembre.
Ejemplo ficticio:
Profesor de Secundaria que aprueba oposiciones el 1 de septiembre de 2000 y durante el curso 2000/01 está en prácticas, ha trabajado 3 años de interino y 1 año de cartero contratado.
Solución: Desde el 1 de septiembre de 2001 le corresponde cobrar un trienio del grupo A y el 1 de septiembre de 2002 el segundo trienio, también del grupo A, pero el sexenio no le corresponderá hasta el 1 de septiembre de 2003 porque el año de cartero solo le vale a efectos de antiguedad.
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profa de inglés
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[*] posted on 30-1-2003 at 15:54
Otro mensaje rescatado del foro de la DAT-Sur


Una cosa es que te reconozcan todos los años trabajados y otra, desde cuándo te los pagan.

Si entregas la solicitud para que te reconozcan la antigüedad, te reconocen esos años como trienios y sexenios. Pero no te los empiezan a pagar hasta que no entregas el papel y, como muy pronto, desde que se te considera funcionario de carrera (septiembre del año siguiente a la oposición, aunque no salga publicado hasta meses después). Es decir, si lo has entregado en noviembre, no te van a pagar septiembre ni octubre.
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profa de inglés
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[*] posted on 4-3-2003 at 15:08
trienios para el 2003


Las retribuciones de los funcionarios se publican todos los años en el BOE. Este año, el trienio del grupo A es de 39.50 euros.

Esta es una consulta y su solución, hecha en el foro de la DAT-Sur, sobre este tema:

A finales de agosto solicité el reconocimiento de los servicios prestados y entregué la solicitud de trienios. En el BOE de 27/02/03 ya hemos salido publicados como funcionarios de carrera, con efecto de 1 de septiembre de 2002. ¿El abono de los trienios que corresponden lo hacen de oficio (al haberlo solicitado ya en agosto) o hay que volver a solicitarlo?

Respuesta: digamos que vale con una vez.
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doodah
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[*] posted on 29-5-2003 at 15:00
Trienios: mensaje de "Alfonsi" al foro DAT-Sur


TRIENIOS.Todo lo que necesitais saber.

El reconocimiento del primer trienio si hay que solicitarlo. El reconocimiento de los sexenios es automático (lo reconoce de oficio la DAT) y no hay que solicitar su reconocimiento. El sexenio creo que lo reconocen un mes después de haberlo cumplido. En cuanto a la formación: si has realizado cursos del C.A.P., no tienes que justificar la formación porque la D.A.T. tiene registro informatizado de todos los cursos que realizamos en los C.A.P. [de hecho si quieres un informe solo tienes que pasar por la sección de "trienios" o "sexenios" (no recuerdo exactamente como se llama) donde te expiden un informe en el que constan los créditos de formación que tienes reconocidos hasta el momento] ; si los cursos de formación los has realizado en otro organismo que no es el C.A.P., entonces tienes que solicitar su reconocimientos mediante instancia en registro adjuntando fotocopia compulsada del certificado de dicha formación, al mes aproximadamente recibes un certificado reconociendote los créditos correspondientes (si son de reconocer) y quedan automáticamente registrados en saexenios. Si no comprendes algo, dilo.
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profa de inglés
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[*] posted on 22-7-2003 at 15:40
DAT-Sur informa sobre sexenios


TODO LO QUE DEBE SABER SOBRE EL SEXENIO SIN NECESIDAD DE PREGUNTAR

http://www.madrid.org/dat_sur/personal/sexenios.htm
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Massumeh
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[*] posted on 27-8-2003 at 19:42


Expongo mi caso:
Hoy he ido a entregar mi papel para que se me reconozca el trienio que cumplí en mayo de este año pero me dicen que no voy a percibirlo hasta septiembre del mes que viene y que he perdido cuatro meses. Mi pregunta es la siguiente:¿El próximo trienio lo cumplo en mayo o en septiembre de 2.006?
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[*] posted on 31-8-2003 at 02:49
Pregunta


Hola.

Oye, no entiendo bien el mensaje, ¿te refieres al "año que viene" o "al mes que viene", como dices?
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Massumeh
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[*] posted on 1-9-2003 at 14:20
Trienios


Querida profa de inglés:
Gracias por responder. Te explico:
El otro día fui a arreglar los papeles para cobrar el primer trienio pues calculando ya me correspondería cobrarlo a partir de mayo de este año. Pues bien, al no arreglar los papeles antes de esa fecha he estado sin percibir trienio durante mayo, junio, julio y agosto. Me dijeron que empezaría a cobrarlos en septiembre.
Mi pregunta se refería a que si hago el segundo trienio en mayo de 2.006 o en septiembre de ese mismo año. Otra cuestión más:¿Hay alguna forma de que me abonen los cuatro meses de trienio perdidos?
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profa de inglés
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[*] posted on 3-9-2003 at 09:06
Hola


Mira, esto es mi opinión: no puedes no tener derecho a cobrar algo a lo que tienes derecho a cobrar. Pero yo creo que lo mejor es ir a un sindicato a preguntarlo, porque me parece asombroso que "hayas perdido" 4 meses. Eso no puede ser.

Por fa, si te enteras de algo, ¿podrías añadirlo aquí? Así nos vamos ayudando!

También tendrían que informarte en el ministerio, claro, pero si la información que te dan es que no tienes un derecho que se tiene, realmente hay que confirmar eso a nivel legal, volviendo a preguntar (ya se sabe, aquí hay que saber la respuesta para poder hacer la pregunta adecuada) y contrastando con documentos oficiales, sindicatos.

Y si es procedente, poniendo una reclamación, claro.

CCOO: 91 536 51 02-08...

Quienes llevan la revista de educación, por ejemplo, Luis Acevedo: 91 540 9208 o 03.

Suerte!
^_^
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